Las displasias esqueléticas no deben valorarse solo por el diagnóstico ni por la talla. Para acceder a derechos, apoyos y recursos sociales hay que explicar cómo la enfermedad rara afecta a la movilidad, la autonomía, el dolor, la actividad diaria, la educación, el empleo, la participación social y las barreras del entorno.
El llamado “certificado de discapacidad” se refiere, de forma coloquial, al reconocimiento del grado de discapacidad.
¿Quién lo resuelve? Lo resuelve el órgano competente de la comunidad autónoma donde la persona esté empadronada y resida efectivamente. En Ceuta y Melilla, la competencia corresponde al Imserso.
Muy importante: tener reconocido un grado de discapacidad no significa automáticamente que se reconozca también la movilidad reducida.
La movilidad reducida se valora de manera específica. Por eso puede ocurrir que una persona tenga discapacidad reconocida y, sin embargo, no le concedan movilidad reducida. Y si no se reconoce movilidad reducida o no se cumplen los criterios aplicables, puede que no le concedan la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad, conocida coloquialmente como “la tarjeta de aparcar”.
En ADEE recomendamos no acudir sin preparación a este proceso. Consúltanos antes para programar informes, revisar documentación y preparar bien cómo explicar el impacto real de la enfermedad rara en la movilidad, la autonomía y la vida diaria.