Aprobado por el Gobierno el 29 de julio de 2025 y publicado en el BOE el 30 de julio de 2025, el Real Decreto-ley 9/2025 ha reformado el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley General de la Seguridad Social.
La norma entró en vigor el 31 de julio de 2025.
Este cambio es especialmente relevante para las familias con bebés con acondroplasia u otras displasias esqueléticas, ya que la ley reconoce una ampliación de semanas por discapacidad desde el nacimiento.
1. Lo básico que debes saber
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19 semanas por progenitor. Antes eran 16.
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Familias monoparentales: derecho a 32 semanas en total.
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Es un permiso individual, personal e intransferible.
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Lo paga la Seguridad Social al 100 % de la base reguladora (no la empresa).
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6 semanas obligatorias tras el parto, a jornada completa.
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Las demás pueden disfrutarse hasta los 12 meses del bebé, seguidas o interrumpidas, incluso a tiempo parcial.
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Se añaden 2 semanas “flexibles” (o 4 en monoparentales) que podrán disfrutarse hasta que el hijo/a cumpla 8 años. Estas estarán disponibles desde el 1 de enero de 2026 y aplicarán también a nacimientos desde el 2 de agosto de 2024.
2. Qué pasa si el bebé tiene discapacidad
La ley concede 2 semanas más en total cuando el bebé nace con discapacidad:
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1 semana para cada progenitor.
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En familias monoparentales, las 2 semanas para el único progenitor.
¿Y si todavía no tengo el Certificado de Discapacidad?
Aquí está lo importante:
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No tienes que esperar al certificado para pedir la ampliación.
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El INSS acepta informes médicos. Sirve un informe del Servicio Público de Salud o del hospital (público o privado validado por el SPS).
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Ese informe debe indicar la existencia o la sospecha de discapacidad.
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Más adelante, cuando llegue la resolución oficial del certificado, la entregas como complemento.
Ejemplo real:
Si a tu bebé se le diagnostica acondroplasia en el hospital, pero aún no has solicitado ni recibido el certificado de discapacidad, puedes igualmente pedir la semana extra. Presentas el informe hospitalario de pediatría o genética, y cuando la administración de tu comunidad autónoma resuelva el certificado (que puede tardar meses), lo aportas.
En la práctica:
En el formulario del INSS, donde pregunta “¿tiene certificado?”, se marca “No” y se añade la fecha en la que solicitaste el reconocimiento.
Esto evita que las familias pierdan semanas de permiso por retrasos en la tramitación administrativa del certificado.
3. Hospitalización del neonato
Si el bebé necesita hospitalización tras el parto por más de 7 días (por ejemplo, por complicaciones médicas asociadas a displasias esqueléticas), el permiso se amplía tantos días como dure el ingreso, hasta un máximo de 13 semanas adicionales.
Este derecho corresponde a cada progenitor de forma individual.
4. Diferencias clave en función de la situación
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Familia biparental sin discapacidad: 19 semanas cada uno (total: 38).
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Familia biparental con discapacidad del bebé: 19 + 1 semana cada uno (total: 40).
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Familia monoparental sin discapacidad: 32 semanas.
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Familia monoparental con discapacidad del bebé: 32 + 2 (total: 34).
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Si hay hospitalización: se suman hasta 13 semanas más por progenitor.
5. Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Quién paga el permiso?
La Seguridad Social (INSS). No la empresa.
¿El permiso parental de 8 semanas ahora es retribuido?
No. Sigue siendo no retribuido.
¿Desde cuándo aplica la reforma?
Desde el 31 de julio de 2025.
¿Cuándo podré usar las 2 semanas flexibles hasta los 8 años?
Desde el 1 de enero de 2026, para nacimientos desde el 2 de agosto de 2024.
¿Qué ocurre si no entrego a tiempo el certificado de discapacidad?
Nada se pierde: el permiso ya está reconocido con el informe médico. El certificado solo sirve para confirmar lo que ya solicitaste.
¿Cuánto tarda la resolución del INSS?
Plazo orientativo: 30 días desde que el expediente está completo. Si falta algo, tendrás 10 días hábiles para subsanar.
6 . Consejos prácticos para familias con acondroplasia y otras displasias
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Solicita el permiso cuanto antes, no esperes a que llegue el certificado.
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Guarda todos los documentos en una carpeta: informes médicos, copia de la solicitud, justificantes de hospitalización, comunicaciones del INSS.
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Anticípate a plazos: solicita la valoración de la discapacidad lo antes posible en tu comunidad autónoma.
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Pregunta y comparte: cada comunidad tiene plazos distintos; otras familias pueden guiarte.
7. Por qué asociarte a ADEE
La tramitación puede ser complicada, pero no tienes que hacerlo sola/o.
En ADEE:
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Revisamos tus documentos antes de entregarlos.
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Te ayudamos a marcar correctamente las casillas en la solicitud.
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Te acompañamos si el INSS pide subsanar o aclarar algo.
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Organizamos encuentros y talleres para resolver dudas comunes.
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Defendemos los derechos de nuestra comunidad ante las administraciones.
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Quiénes somos
La Asociación de Personas con Acondroplasia y Otras Displasias Esqueléticas (ADEE) es una entidad sin ánimo de lucro formada por familias y profesionales. Nuestro objetivo es acompañar, asesorar y defender derechos, y al mismo tiempo construir una red de apoyo mutuo que permita afrontar las displasias con seguridad y dignidad.
Referencias y bibliografía
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BOE — Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio (BOE núm. 182, 30/07/2025): regula la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado, las semanas flexibles y las disposiciones transitorias.
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INSS — Hoja informativa “Nacimiento y cuidado de menor por parto” (Sede electrónica): establece que, en recién nacidos, basta un informe médico si aún no está determinado el grado de discapacidad.
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Revista Seguridad Social: guías prácticas sobre la prestación y plazos.
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Nota de prensa de La Moncloa (07/08/2025): resumen divulgativo de la reforma y adaptación a la Directiva europea 2019/1158.

